Reglas generales

Requisito de asistencia

La asistencia a clase, junto con los deberes que esta implica, es responsabilidad de cada estudiante. Entre estas responsabilidades se encuentran:

  • Asistir puntualmente a cada sesión
  • Llevar a cabo las actividades de la sesión
  • Preparar las lecturas asignadas
  • Permitir el desarrollo adecuado de la sesión

Para aprobar este curso se requiere asistir a un 70% de las clases. El/la estudiante que asista a menos de un 50% reprobará el curso con nota 1.0. El/la estudiante que asista a más de un 50% pero menos de un 70% reprobará el curso con nota 3.0 como máximo. Dentro de las inasistencias están contempladas las inasistencias justificadas (tales como enfermedades o circunstancias atenuantes). Lo anterior podrá modificarse en casos muy calificados, tales como enfermedad prolongada o topes en el último semestre de la carrera entre cursos, siempre y cuando estos casos sean conversados al comienzo del semestre con el profesor de la asignatura y autorizados por el mismo con acuerdo del director de carrera.

En caso de inasistencia anticipada, se pide que los y las estudiantes se comuniquen con anterioridad con el profesor para pactar compromisos para el desarrollo exitoso del curso.

Cada docente podrá establecer un requisito mínimo de asistencia en su asignatura, el cual no podrá ser inferior al requisito general (70%) establecido en el Departamento de Filosofía.

Los estudiantes inscritos en el programa ''Contigo creciendo" tienen un requisito de asistencia diferido. Revisar el artículo 11 bis del Reglamento Académico del Estudiante de Pregrado. Desde el año 2016, los estudiantes que desempeñan actividades laborales también tienen un requisito de asistencia diferido. Revisar la política de "Registro de estudiantes que desempeñan actividades laborales" que se encuentra en el aula virtual (archivos coordinación académica).

Se entiende por "circunstancias atenuantes" circunstancias imprevistas (que el estudiante no podría razonablemente haber sabido que estas circunstancias se darían), fuera de su control (que el estudiante no podría razonablemente haber prevenido estas circunstancias), y que tienen un efecto perjudicial importante en su desempeño (las circunstancias tienen un efecto suficientemente perturbador para tener un impacto adverso significativo en la habilidad académica del estudiante).

Política de borradores y correcciones

Un aspecto fundamental del aprendizaje es la posibilidad de corregir errores previos. En consecuencia, este curso contempla una política de corrección para las primeras dos evaluaciones, y una política de entrega de borradores para la tercera evaluación. Estas políticas están sujetas a revisión a lo largo del semestre y podrán aplicarse a discreción del profesor.

Correcciones

Los y las estudiantes podrán entregar correcciones de las primeras dos evaluaciones del curso. Es condición necesaria para presentar una corrección haber presentado la evaluación correspondiente en la fecha inicial dispuesta en el calendario pactado y solo podrán corregirse aquellos ítems que indiquen un intento razonable por parte del/de la estudiante.

Para cada corrección, el o la estudiante deberá presentar una nueva versión de su evaluación con las modificaciones que considere apropiadas. Adicionalmente, el o la estudiante deberá acompañar estas modificaciones con una explicación de los siguientes elementos:

  • ¿En qué consistía el error cometido? ¿Por qué es un error?
  • ¿Cuál es la modificación necesaria para enmendar el error?
  • ¿Qué estrategias específicas pueden aplicarse a futuro para evitar cometer este error?

El o la estudiante recibirá una nueva calificación de su evaluación, teniendo en cuenta no solamente la corrección de la nueva versión de su trabajo, sino la calidad de las explicaciones y reflexiones adjuntas a la corrección. Conforme a la política general de evaluación, el profesor proveerá rúbricas de calificación para estas explicaciones y reflexiones, además de la rúbrica usada para calificar la evaluación a corregir.

Se calificará cada ítem corregido según las siguientes proporciones:

  • 50% para las modificaciones al ítem, siguiendo la rúbrica de evaluación original
  • 50% para la calidad de las explicaciones y reflexiones sobre la corrección, siguiendo la rúbrica de corrección

Las correcciones deberán entregarse a más tardar una semana calendario después de que el profesor entregue retroalimentación a los y las estudiantes sobre su evaluación inicial. El profesor hará conocer las fechas una vez entregue la retroalimentación a todos y todas las estudiantes.

Borradores

Los y las estudiantes podrán entregar un borrador de su evaluación final del curso. El borrador deberá entregarse a más tardar dos semanas calendario antes de la fecha de entrega de la evaluación final. Esto con el fin de dar tiempo al profesor de ofrecer retroalimentación sobre los borradores y tiempo al/a la estudiante para implementar las modificaciones que considere pertinentes. El profesor dará retroalimentación sobre los borradores a más tardar una semana calendario antes de la fecha de entrega de la evaluación final.

La retroalimentación a los borradores no acarreará cambios en la rúbrica de calificación de la evaluación ni bonificaciones de ningún tipo. El profesor solo dará retroalimentación cualitativa a los borradores, con el fin de que los y las estudiantes se concentren en los elementos cualitativos del aprendizaje y no exclusivamente en satisfacer una calificación cuantitativa.

La presentación de un borrador no exime al/a la estudiante de hacer la entrega de la evaluación en la fecha estipulada en el plan semanal. No entregar la evaluación en la fecha estipulada acarreará los mismos procedimientos estiuplados en el Reglamento Académico sin importar si el o la estudiante entregó previamente un borrador.

Política sobre discriminación arbitraria y violencia sexual y/o de género

Presentamos a continuación definiciones y procedimientos dispuestos por la Universidad Alberto Hurtado (UAH):

La Universidad debe procurar el desarrollo intelectual, ético, moral, social y físico de sus estudiantes en condiciones de dignidad y libertad responsable. Estos valores son reconocidos para todo el alumnado sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del/de la alumna o de su familia. (Reglamento de Conducta y Convivencia de los Estudiantes de la Universidad Alberto Hurtado, Preámbulo).

Serán consideradas acciones y conductas que vulneren estos principios los siguientes:

Discriminación arbitraria. Se entiende por discriminación arbitraria "cualquier acto basado en motivaciones de raza, color, género, orientación o identidad sexual, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, que afecte la dignidad de un miembro de la comunidad universitaria o la de terceros" (Reglamento de Conducta y Convivencia de los Estudiantes de la Universidad Alberto Hurtado, Artículo 9i).

Violencia de género. Se entiende por violencia de género "a las violaciones de los derechos humanos fundamentales que perpetúan roles estereotipados por sexo que niegan la dignidad humana y la autodeterminación del individuo y obstaculizan el desarrollo humano" (Compromiso Contra la Violencia Sexual y/o de Género de la Universidad Alberto Hurtado, p. 3). Esta definición incluye todos los actos que atenten contra la integridad o libertad de una persona y que respondan a un contexto en que los/las involucrados/as se encuentran en una situación asimétrica en torno al género y/u orientación sexual (cf. Compromiso de la Universidad Alberto Hurtado contra la Violencia Sexual y/o de Género, Política de Género del Departamento de Filosofía de la Universidad Alberto Hurtado).

Acoso sexual. Se entiende por acoso sexual "las insinuaciones sexuales, requerimientos de carácter sexual, y otros actos visuales, verbales o gestos de carácter sexual, no deseados y no consentidos y que afectan la dignidad e integridad de quien las recibe en el marco de su experiencia educativa o laboral" (Compromiso Contra la Violencia Sexual y/o de Género de la Universidad Alberto Hurtado, p. 3). Las conductas de acoso sexual pueden ocurrir en relaciones de poder (profesorado y alumnado) y en relaciones horizontales (entre estudiantes).

Según se establece en los distintos reglamentos de la UAH, en caso de observarse alguna de las situaciones descritas anteriormente, los procedimientos y sanciones serán establecidos en función de las personas involucradas:

Entre estudiantes: El Reglamento de Conducta y Convivencia de los Estudiantes de la Universidad Alberto Hurtado establece faltas leves, graves y gravísimas (Artículo 6). Las sanciones y medidas disciplinarias estarán determinadas por la gravedad de la infracción, y estas serán desde la amonestación oral hasta la expulsión (Artículo 10). En caso de denuncia hay dos instancias: Unidad de Participación Estudiantil (UPE) y Secretaría General (SG). En cuanto a la UPE la denuncia es de forma presencial o al correo generoyconvivencia@uahurtado.cl y tiene relación con situaciones más generales que la especificidad de las situaciones constitutivas de delito; en este último caso se debe recurrir a la SG en Almirante Barroso 10.

Entre académicos y estudiantes: El protocolo a seguir ante denuncias de violencia sexual por funcionarios de la Universidad Alberto Hurtado establece que "ante la ocurrencia de un hecho de violencia sexual en que se impute autoría a alguna de las personas especificadas al comienzo de este documento y figure como víctima un/a estudiante de la Universidad, las víctimas podrán hacer una denuncia dirigida al Secretario General (secretariageneral@uahurtado.cl). La denuncia deberá constar por escrito, contener un relato pormenorizado de los hechos denunciados y las personas a las que se les impute involucramiento en los mismos, y acompañar, en lo posible, los antecedentes que permitan tenerlo por acreditado. No se dará curso a denuncias anónimas" (Protocolo para Denunciar Violencia Sexual a Estudiantes por parte de Funcionarios y Prestadores de Servicio a la Universidad Alberto Hurtado).

Los documentos citados se encuentran disponibles online: